Derechos del trabajador.
Así, derechos del trabajador serán:
a) Derecho al mantenimiento de las condiciones de trabajo
oportunamente pactadas.
b) Derecho a contestar sanciones disciplinarias.
c) Derecho a la reserva de las opiniones políticas, religiosas o
sindicales. El empleador no podrá, ya sea al tiempo de su contratación, durante
la vigencia del contrato o con vista a su disolución, realizar encuestas,
averiguaciones o indagar sobre las opiniones políticas, religiosas, sindicales,
culturales o de preferencia sexual del trabajador. Este podrá expresar
libremente sus opiniones sobre tales aspectos en los lugares de trabajo, en
tanto ello no interfiera en el normal desarrollo de las tareas (art. 73, LCT,
texto según ley 26.911).
d) Derecho a percibir la remuneración.
e) Derecho a que se preserve su integridad psicofísica.
f) Derecho a la indemnidad.
g) Derecho a la protección de la vida, alimentación y vivienda.
h) Derecho al puesto de trabajo.
i) Derecho a la certificación de su trabajo.
j) Derecho a la igualdad de trato.
k) Derecho a la propiedad de las invenciones del trabajador.
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